Según se recoge en la exposición de motivos (que por cierto, PSOE y PP proponen redactar completamente de nuevo, lo que refuerza la idea de que con estas enmiendas realmente se hace una reformulación integral del proyecto normativo) por un lado se apuesta por "reformular alguna de las bonificaciones a fin de dar seguridad jurídica al modelo sin incrementar los costes". Por otro, "se incrementa la cuantía de alguna de las bonificaciones ya existentes y se incorporan otras, incentivando en mayor medida el rendimiento, la productividad y la calidad, así como el menor coste de todos los servicios portuarios y la sostenibilidad ambiental de la actividad portuaria".
En lo que respecta a la seguridad jurídica, PSOE y PP salvan, por ejemplo, las bonificaciones a los tráficos interinsulares, recogiendo en su nueva propuesta de redacción su justificación por razones de interés general y detallando éstas, tal y como demandaba la conocida sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que falló en contra de las tasas portuarias españolas por este motivo.
Por lo que se refiere a otras bonificaciones que se recuperan, PSOE y PP proponen mantener las bonificaciones que la legislación vigente prevé para la tasa del buque para los barcos que cargan o descargan mercancías ro-ro.
En cuanto a nuevas bonificaciones, un ejemplo son las relacionadas con la frecuencia de la escala en puerto de los buques. Así, los dos partidos mayoritarios proponen en la tasa al buque añadir un escalón más, diferenciando los servicios que realizan más de 365 escalas anuales y obteniendo con ello una mayor bonificación, al tiempo que se favorece en esta el que los servicios marítimos sean regulares, es decir, otro guiño a las navieras españolas.
Otro ejemplo es en la tasa de la mercancía la propuesta de reducción del coeficiente corrector para los tráficos ferroportuarios, con el objeto de potenciar la intermodalidad en el nodo portuario.
Por lo que respecta al resto de las modificaciones que se proponen en el tema de las tasas, destacan las enmiendas relativas a la inclusión de los elementos de transporte (contenedores y semirremolques vacíos) dentro del ámbito de aplicación de la tasa de la mercancía.